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Control prenatal y NOM-007 en el consultorio: qué registrar en cada consulta
Guía práctica para llevar el control prenatal en un consultorio privado en México: lo que pide la NOM-007 en términos generales, cómo calcular SDG y FPP y qué registrar en cada visita.
Actualizado el 15 de octubre de 2026
¿Qué es la NOM-007?
La NOM-007-SSA2-2016 regula la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida. Aplica a los establecimientos y profesionales que atienden embarazos, públicos y privados.
Entre otras cosas, pide iniciar el control prenatal lo antes posible, de preferencia en el primer trimestre, con un número mínimo de consultas distribuidas a lo largo del embarazo, y que en cada consulta se valoren el bienestar materno y fetal y se oriente a la mujer sobre signos de alarma. Consulta el texto vigente para la pauta exacta.
Edad gestacional y fecha probable de parto
La forma más usada de estimar la fecha probable de parto (FPP) es la regla de Naegele: la fecha de última menstruación (FUM) más 280 días. Las semanas de gestación (SDG) se cuentan desde la FUM.
Cuando la FUM no es confiable o el ultrasonido muestra una diferencia importante, la edad gestacional por ultrasonido, sobre todo la del primer trimestre, suele usarse para corregir la FPP. Lo importante es dejar claro en el expediente cuál FPP se está usando y por qué.
Qué registrar en cada control
Una nota de control prenatal útil permite comparar visita contra visita. Como mínimo, conviene registrar:
- Fecha y semanas de gestación.
- Peso y presión arterial.
- Altura uterina y frecuencia cardiaca fetal, según la edad gestacional.
- Movimientos fetales, edema y síntomas referidos.
- Estudios solicitados y sus resultados (biometría, grupo y Rh, examen general de orina, pruebas de detección, ultrasonidos).
- Signos de alarma explicados a la paciente y fecha de la siguiente consulta.
El carnet perinatal
Entregar a la embarazada un carnet perinatal o documento equivalente con sus consultas, estudios y signos de alarma le permite llevar su información a urgencias o a otra unidad. En un consultorio privado es una forma sencilla de dar continuidad a la atención.
Cómo lo resuelve Ginecoflux
En Ginecoflux, al registrar un embarazo con la FUM se calculan las SDG y la FPP; si un ultrasonido da otra fecha, la FPP por USG la reemplaza y se muestra la diferencia en días. Además:
- Cada control guarda peso, presión arterial, altura uterina y frecuencia cardiaca fetal, y se grafican por semana de gestación.
- El carnet perinatal se imprime con los controles, estudios, la fórmula obstétrica y los signos de alarma.
- Cuando toca el siguiente control (cada 4 semanas hasta la 28, cada 2 hasta la 36 y luego cada semana, salvo que el médico cite antes) y la paciente no tiene cita, sale un recordatorio por WhatsApp con los signos de alarma.
Preguntas frecuentes
- ¿Cómo se calcula la fecha probable de parto?
- Con la regla de Naegele: la fecha de última menstruación más 280 días. Si un ultrasonido temprano da una edad gestacional distinta, se puede corregir la FPP con ese estudio.
- ¿La NOM-007 aplica a consultorios privados?
- Sí. La norma es de observancia obligatoria para los establecimientos y el personal de salud de los sectores público, social y privado que atienden a mujeres durante el embarazo, parto y puerperio.
- ¿Cada cuánto debe ser el control prenatal?
- La pauta habitual es cada 4 semanas hasta la semana 28, cada 2 hasta la 36 y luego semanal, pero depende del riesgo de cada embarazo y del criterio del médico. La NOM-007 fija un mínimo de consultas; revisa el texto vigente.
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